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La instructa es el documento con anotaciones que normalmente utilizan los abogados y la mayoría de los peritos judiciales para poder responder con rapidez y seguridad a las preguntas en el juicio. Es una manera de llevar bien preparadas las preguntas y puntos esenciales del informe y sobre todo de las conclusiones para no olvidarnos de nada. 

Lo más importante, nuestra instructa es un documento interno del que no debemos dar copia. Decir también que aunque llevemos este documento debemos tener control absoluto sobre el asunto, controlarlo y de esta manera nos explicaremos en el juicio con fluidez y profesionalidad.

Lo normal y cuando no hay duda en lo expresado por el perito judicial en su informe se solicita exclusivamente la ratificación del mismo; pero en ocasiones se necesita que el perito judicial comparezca para aclarar algunos puntos de su informe y responder a las preguntas, de ahí la importancia de la instructa y el llevarla bien preparada.

Los artículos 346 y 347 LEC permiten citar al perito al acto del juicio para ratificarse en su informe y responder a las preguntas de las partes, o incluso del Juez o Tribunal. Siempre han de versar esas preguntas sobre el objeto de la pericia, contenido del informe, medios utilizados para realizarlo, preparación y cualificación del perito, etc…

Lo interesante es realizar una instructa por juicio, la estructura de este documento suele contener lo siguiente:

1.- Encabezamiento: Juzgado, nº de autos, Sala de Vistas, hora de la vista y nombre del cliente (siempre que se vaya de parte).

2.- Comparecencia del perito: la instructa debe contener las preguntas que piensas como perito judicial que te pueden preguntar en el juicio cuando estás nombrado por el juzgado; o las preguntas que has pactado con el abogado del cliente cuando vas de parte, siempre añadiendo alguna que pienses que puede hacerte la parte contraria. Además de todo lo expresado en los artículos 346 y 347 de la LEC y lo ya comentado, también es interesante llevar legislación o jurisprudencia que pueda aportar en la vista.

En la instructa SIEMPRE es interesante hacer referencia en las preguntas a la legislación para no confundirnos de artículo a la hora del juicio, y a las partes del informe con su número de página al lado por si nos vemos en la tesitura de tener que leer algo del informe poder ir directamente a dicha parte.

Es muy útil sobre todo por el estudio que conlleva su preparación y lo ideal no es que se lea sino que se tenga a mano como guión puesto que todo su contenido ha debido ser interiorizado ya por el profesional que se enfrenta a la vista.